Este servicio está pensado para empresas que pagan grandes cantidades de dinero por la contratación de servicios intangibles.
Anteriormente las autoridades fiscales acotaban la demostración de la existencia de las deducciones con los documentos contables básicos (factura o recibo), por lo que dichas actividades podían ser fácilmente realizadas por el contador. Sin embargo, actualmente, las disposiciones fiscales han ampliado el concepto de contabilidad, y por tanto, las autoridades fiscales exigen mayores elementos probatorios para validar las deducciones efectuadas por los contribuyentes. Por esta mayor exigencia, las empresas requieren que sus operaciones relevantes sean analizadas desde un punto de vista jurídico y no sólo contable.
Nuestro objetivo es identificar el tipo de operación que se realiza, caracterizarla con sus atributos relevantes, definir los medios de objetivación o elementos probatorios pertinentes que demuestran su efectiva realización y acompañar a la empresa en el oportuno perfeccionamiento de las pruebas.
Lo anterior permite a nuestros clientes tener la seguridad de que en el momento de una revisión de las autoridades fiscales, ésta tendrá todos los elementos necesarios para acreditar la efectiva prestación de los servicios y evitará el rechazo en la deducción de la operación.